¿Cuánto pagaré yo?


Desempleados y bajos ingresos

Si te encuentras en situación de desempleo o dispones de pocos recursos económicos, el presupuesto 2026 prevé mecanismos para facilitarte el acceso a servicios y trámites municipales. Uno de los puntos clave es la exención total de la tasa por derechos de examen en procesos de selección de personal del Ayuntamiento; para solicitarla, es necesario acreditar que no percibes prestación o que esta no supera el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). También estás exento de pagar la tasa de apertura si decides emprender un negocio mientras estás en paro.

En cuanto al acceso a la cultura, puedes entrar de forma gratuita a los museos municipales (Museo de Arte Contemporáneo y Ca n’Oliver) acreditando tu situación laboral. Asimismo, el servicio de deportes ofrece un abono específico para personas desempleadas (de 7:00 a 16:00 h) por 26,71 €.

Además, las personas con ingresos reducidos pueden solicitar la exención de la Tasa de Gestión de Residuos por motivos de «severa dificultad económica», previo informe de los servicios sociales, y acogerse a la tarificación social de la Ordenanza 43, que ofrece descuentos de entre el 30% y el 80% en precios públicos de música o deportes según tu renta.

Para más detalles, consulta las ordenanzas fiscales o dirígete al Ayuntamiento.

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Familias numerosas y monoparentales

El Ayuntamiento premia el apoyo a la estructura familiar con bonificaciones en los impuestos de mayor peso. En el IBI, las familias numerosas gozan de una bonificación del 50% de la cuota de la vivienda habitual, siempre que su valor catastral sea inferior a 100.000 €. En el caso de la Tasa de Residuos, tanto las familias numerosas como las monoparentales tienen una reducción del 20% en el recibo anual, bajo el mismo umbral de valor catastral del inmueble.

En el ámbito de los servicios educativos y de ocio, estos colectivos tienen prioridad en el sistema de tarificación social. La Ordenanza 46 establece que la cuota de inscripción es única para toda la familia (55,57 €) y ofrece precios reducidos en los abonos mensuales de las instalaciones deportivas. Además, si se inscribe más de un hermano en actividades como los casales de verano, se aplica un descuento adicional del 10%. Recuerda que para disfrutar de estos beneficios es necesario tener vigente el Título de Familia Numerosa o Monoparental expedido por la Generalitat.

Para más detalles, consulta las ordenanzas fiscales o dirígete al Ayuntamiento.

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Personas con diversidad funcional

Para las personas con una discapacidad reconocida (mayor o igual al 33%), el presupuesto de 2026 ofrece una protección fiscal intensa. En el IBI, si tu familia es numerosa e incluye un miembro con discapacidad, la bonificación sube hasta el 90% de la cuota (con un valor catastral menor de 100.000 €).

En cuanto a la movilidad, tienes derecho a la exención total del Impuesto de Vehículos (IVTM) para un vehículo destinado exclusivamente a tu transporte. Si necesitas una reserva de estacionamiento en la vía pública, la tasa correspondiente puede tener una reducción del 25% al 75% según el nivel de renta del hogar.

Si haces obras en casa para mejorar la accesibilidad, el ICIO prevé una bonificación del 90%. En cuanto a los servicios del día a día, disfrutarás de entrada gratuita a los museos y de una reducción directa del 30% en todos los cursos de natación, música y abonos deportivos.

En el complejo PEM Guiera, además de la cuota reducida de 26,71 €, si acreditas la necesidad de un acompañante, este podrá acceder a las instalaciones de forma totalmente gratuita.

Para más detalles, consulta las ordenanzas fiscales o dirígete al Ayuntamiento.

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Movilidad sostenible

Cerdanyola apuesta por la transición hacia vehículos menos contaminantes mediante fuertes bonificaciones en el Impuesto de Vehículos (IVTM). Si tu vehículo tiene la etiqueta de la DGT «Cero Emisiones«, pagarás solo el 25% de la cuota (bonificación del 75%); si es un híbrido «ECO«, la bonificación es del 60%, y para el resto de vehículos «ECO«, del 40%. Estos beneficios se aplican directamente desde el momento en que el vehículo tributa en el municipio.

Además, para incentivar la infraestructura de carga, el impuesto de obras (ICIO) ofrece una bonificación del 90% para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en edificios existentes, siempre que la instalación no sea obligatoria por ley. Las empresas locales también tienen incentivos: si establecen un plan de transporte para sus trabajadores que reduzca el consumo de energía y fomente el transporte colectivo o compartido, pueden solicitar una bonificación del 20% en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Para más detalles, consulta las ordenanzas fiscales o dirígete al Ayuntamiento.

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Eficiencia energética y reciclaje

Este perfil es uno de los más beneficiados en el nuevo marco fiscal. En el IBI, la instalación de placas solares fotovoltaicas en tu casa da derecho a una bonificación del 40% de la cuota durante 5 años (con un tope de 300 €/año en unifamiliares y 200 € en pisos), condicionada a no superar el doble del SMI. Esta medida se complementa con una bonificación del 95% en el ICIO para el coste de estas obras de energía solar.

Por otro lado, tu colaboración en la gestión de residuos tiene premio directo. Según la Ordenanza 19, si utilizas el punto limpio municipal más de 13 veces al año, se te aplicará una reducción del 20% de oficio en la tasa de residuos. Si optas por el autocompostaje doméstico homologado, la reducción sube al 25%. En caso de que coincidan ambas reducciones (social y ambiental), se aplicará siempre la que sea más beneficiosa para el ciudadano.

Para más detalles, consulta las ordenanzas fiscales o dirígete al Ayuntamiento.

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Entidades sociales y no lucrativas

El Ayuntamiento reconoce la labor del tejido asociativo con exenciones estratégicas. Las entidades sin ánimo de lucro acogidas a la Ley 49/2002 están exentas del IBI para sus inmuebles y también del IAE por sus actividades económicas propias. Además, las asociaciones y fundaciones de personas con diversidad funcional no pagan el IAE por las actividades pedagógicas o de empleo que realicen.

En cuanto a la actividad en la calle, las entidades están exentas de la tasa por ocupación de la vía pública cuando organicen actos solidarios, sociales o de difusión que no generen actividad económica. Las asociaciones de vecinos tampoco pagan por el uso de la vía pública durante sus fiestas de barrio o fiesta mayor. En cuanto al uso de espacios municipales, las entidades registradas en Cerdanyola del Vallès pueden disfrutar de hasta 3 actos gratuitos al año en los museos o en el teatro y están exentas de precio público por el uso de instalaciones deportivas si la actividad está motivada por el servicio municipal correspondiente.

Para más detalles, consulta las ordenanzas fiscales o dirígete al Ayuntamiento.

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